En 2016, 2 sentencias de la Audiencia Nacional (2015 y 2016), conducen a los tribunales a interpretar el ET entendiendo que las empresas (todas) venían obligadas a disponer de registro horario detallado de la jornada de todos sus trabajadores.
¿Por qué pensar en el registro horario propio de la época de era industrial ahora que nuevas formas de trabajo se están generalizando?

En las fabricas tradicionales de las primeras épocas se define con precisión que hace el operario y exactamente como lo hace (de la misma manera que se programa lo que hace una máquina). De esta forma, cuanto tiempo trabaja el operario determina casi con exactitud cuanto produce. El sueño de las fabricas de esta época era tener máquinas que sustituyeran a las personas.
En el resto de trabajos lo que de verdad mide la productividad es el resultado obtenido con ese tiempo. Los seres humanos hacemos las cosas con ritmos, bioritmos y costumbres diferentes. Lo natural y lo motivador es que podamos autoorgnizarnos, siempre dentro de unas reglas que permitan y favorezcan el trabajo en Equipo.
La verdad es que me alegré muchísimo cuando el Tribunal Supremo falló en marzo de 2017 que no existía una obligación general de registrar la jornada ordinaria de trabajo, porque en la práctica estaba viendo venirse abajo muchos planes de empresa para olvidarse del presentismo y avanzar hacia la libertad horaria. Pero la cosa no terminó ahí.
El Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, modifica el Estatuto de los trabajadores e introduce la obligatoriedad del registro horario para todos los trabajadores, de todas las empresa.
Ahí estamos. El próximo 12 de mayo TODAS las empresas (de todos los sectores y tamaños) tienen que empezar a registrar entradas y salidas de TODOS sus empleados, cualesquiera que sean las tareas que desarrollen, donde quiera que las desarrollen y como quiera que lo hagan.
¿Porqué esta medida ahora que los trabajos mecánicos van en descenso? y, sobre todo, ¿porque para todos los trabajadores y no solo para los puestos de trabajo en los que el tiempo de presencia es lo relevante?
En cualquier caso, el verdadero problema de las empresas ahora mismo es cómo cumplir con la obligación de registro horario sin cargarse de burocracia. Carísima burocracia, que además requiere tiempo en la gestión y ralentiza el desarrollo del trabajo.

El decreto dice poco o nada a nivel de cómo hacerlo. Un par de párrafos para contar que hay que registrar entrada y salida y guardar los datos 4 años a disposición de los trabajadores, sus representas y la autoridad laboral.
Tema de posibles excepciones o requisitos se regulará en su caso más adelante. Primero lo hacemos obligatorio y …ya si eso después vamos viendo.
No existen modelos oficiales de documento, ni descripción legal, ni orientación jurisprudencial, ni indicación administrativa sobre la forma de registrar. Lo que sin duda ha provocado una desorientación total.

Si tienes en cuenta que hay que registrar si entra y sale cada trabajador, si entra o sale para hacer tareas que son de trabajo o personales, si está de vacaciones, si está enfermo con o sin baja médica, o salió a fumar, si hoy se fue a trabajar un rato a su casa, si se olvida de fichar (la casuística es extensísima) ….si le añades personal que viaje, que este fuera de oficina, teletrabajo.. …….y si se te ocurre añadirle horario flexible para dejarte sin un marco de referencia sobre el que contar horas por períodos….…pues necesitas un vigilante que se pase el día apuntando que y cuando hacen las cosas sus compañeros, o una máquina de fichar con poderes de adivinación de pensamiento, que registre entradas y salidas con sus causas y se haga las cuentas de las horas de trabajo, de si hay horas extras provisionales, si esas horas se compensan y cuando se compensan…. ¡Eso sí que se sería inteligencia artificial!.
¿O es que nadie ha pensado que poner la hora de entrada y salida sin indicación de las cosas que suceden en el medio, antes, después, cuando no estás y cuando te olvidas, no hace posible por si misma de ninguna manera contar las horas laborales dentro de la jornada o período de computo? No lo permite a las personas y mucho menos a las máquinas de fichar.
Pienso que las únicas soluciones viables con elasticidad para no atacar la flexibilidad horaria y la libertad de autoorganización pasan por otorgar la custodia y responsabilidad de introducir los datos del registro al propio trabajador. Que como solo se tiene que vigilar a si mismo, tiene un control real sobre lo que hace.

Ya que no queda otra, se puede usar el registro realizado por el propio trabajador , y revisado por su responsable o supervisor en su caso, para hacer con él un estudio verdadero y positivo de la carga de trabajo.
La gestión adecuada de la distribución del tiempo de trabajo y su optimización es clave para la productividad y muy buena a la larga para la conciliación, aunque requiere un esfuerzo de adaptación. Y estos estudios siempre deparan sorpresas frente a la idea previa que se tenía sobre como estaban las cosas.
Con frecuencia se obtiene lo que se espera. No subestimes el poder de otorgar la confianza al Equipo.
El espíritu de la legislación laboral es proteger al trabajador, no exigir a la empresa que lo vigile como si fuera un inútil o alguien incapaz de autogestionar su tiempo con responsabilidad y libertad.
La forma de aprobar esta norma (y esto lamentablemente no es un tema de colores de partidos, sino de políticos en general) demuestra un total desconocimiento del impacto en la operativa de trabajo diaria que esto tiene.
De momento, en la práctica, la obligatoriedad del registro horario entorpecerá el cambio a las nuevas formas de trabajo, será un freno importante para la conciliación, un obstáculo al horario flexible y una barrera al trabajo al teletrabajo.
Y esa coletilla de la norma que dice “sin perjuicio de la flexibilidad horaria y el teletrabajo” equivale a darle a alguien con una jornada de 8 horas, tareas a realizar que ocupan 12 horas y añadir “pero tu procura salir a tu hora”.

Para poner fin a estas cosas nos vendría muy bien aprobar una ley que estableciera como requisito para el acceso a cargos políticos (de concejal a presidente del gobierno) contar con una vida laboral de 5 años de duración. 5 años sea de camarero o de astronauta, pero 5 años mínimo.
Y también sería importante que para ser ministro de alguna materia resultara imprescindible que esos 5 años fueran de experiencia práctica en la materia en cuestión. Después de todo eso es lo mínimo que se le exige a un profesional de cierto nivel en las selecciones de personal.
Y en todo caso señores legisladores, comiencen por implantar el registro horario en la Cámara y después nos cuentan como lo hicieron.