2018 Tendrá un Festivo Más Pero Será ¿Recuperable?

Publicado En Dic 26, 2017 | 3 Comentarios


A punto de estrenar calendario algunas personas me han preguntado que es eso de que en 2018 tendremos un día festivo más,  y sobre todo que significa que ese festivo sea “recuperable”.

Los festivos en España me ha parecido un tema  práctico y muy oportuno en estas fechas para el  último artículo de este 2017.

Galicia, Murcia, Cataluña,Valencia y Baleares contarán con  15 festivos en lugar de los 14 habituales, pero los trabajadores tendrán que  recuperar ese festivo número 15  devolviendo las horas no trabajadas a su empresa.

¿Es un festivo falso? Pues sí.  Es una extraña solución en un país en el que el tema de los festivos es mucho más complejo de lo que parece. Solo hay que ver los años que llevamos a vueltas con el asunto de pasar  los festivos entre semana a lunes.

En el tema de los festivos entran en juego el Estado, las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos y hasta un Concordato con la Santa Sede. Veamos cómo funciona:

1. La regla básica es que son festivos todos los domingos (52) + 14 días = 66 días.

Si trabajas uno de esos días (a veces se olvida que hay mucha gente trabajando esos días)  se cobra o se compensa con los pluses o complementos establecidos en el convenio aplicable.

2.Los ayuntamientos fijan 2 de los 14 días con la condición de FESTIVO LOCAL.

Estamos hablando de un día que será festivo sólo dentro del término municipal y no debemos olvidar que en España hay 8.124 municipios.

Lo cierto es que estos festivos no los disfruta a gusto casi nadie. Hay Un montón de personas que viven y trabajan en distinto ayuntamiento: personas de una ciudad que vive en los municipios colindantes porque la vivienda es más accesible o está más a gusto, profesionales que viven en una ciudad y trabaja en un polígono industrial cercano ubicado en otro término municipal, y en general gente que vive y/o compra y/o trabaja y/o se divierte en varios ayuntamientos.

Si a esto le añades los negocios que tienen clientes, proveedores, colaboradores,  o compañeros en distintos municipios, no queda casi nadie para disfrutar el día con tranquilidad y sin acumular el chollo para mañana.

A mí me encantan las historias de Asterix y Obelix, pero por aquí ya no quedan aldeas galas incomunicadas.

En estas circunstancias y, a riesgo de ser poco popular, estoy convencida de que estos 2 días se disfrutarían mejor si cada cual se los coge con libertad y respeto como días de la república independiente de mi persona, mi familia, mi casa o mi empresa.

Sigamos con los restantes 12 días.

3. Por ley hay 9 días que son FESTIVOS ESTATALES todos los años y en todo el territorio español.

Estos 9 festivos obligatorios se agrupan en tres bloques que resultan un tanto sorprendentes:

Son fiestas Cívicas (2) el 12 de octubre y el 6 de diciembre. Es claro el tema del día de la Constitución, pero no queda claro si el 12 de octubre es festivo por el día de España, el día de las Fuerzas Armadas, el día de la Hispanidad o por la Virgen del Pilar. La cuestión es que cuenta como día cívico.

Son fiestas Laborales (3) e1 de enero, el 1 de mayo  y el 25 de  diciembre. El 1 de mayo está claro, lo de empezar el año de fiesta parece internacional, pero que el día de navidad sea una fiesta laboral no sé yo como lo llevan los sindicatos.

Son fiestas Católicas (4) (digo católicas y no religiosas porque dice el RD que son festivos estrictamente en cumplimiento del artículo III del Acuerdo con la Santa Sede de 3 de enero de 1979). El Viernes Santo, el 15 de agosto, el 1 de noviembre y el 8 de  diciembre.

Hacemos cuentas 2 +9 =11,  y vemos que, en principio, nos quedan 3 por colocar. En realidad son 3 + el número de estos días festivos obligatorios (9) que caigan en domingo.

4.Las Comunidades Autónomas tienen la facultad de declarar entre 3 y 5 FESTIVOS AUTONÓMICOS dependiendo de cuantos festivos obligatorios hayan caído en domingo.

Si las CCAA NO usan esta facultad serán festivos el 6 de eneroJueves Santouno más a elegir entre el 19 de marzo o el 25 de julio y todos los lunes inmediatamente posteriores a cualquiera de los festivos obligatorios que hayan caído en domingo.

En la práctica las CCAA:

  • Eligen siempre el 6 de enero (si no es domingo).
  • La mayoría incluyen el Jueves Santo.
  • Su tercer día suele ser  el día propio de su comunidad.
  • y Juegan con los festivos caídos en domingo para incluir alguna fiesta que consideran de “especial relevancia” en su territorio.

La razón por la que en este año que empieza en algunas comunidades habrá un “festivo número 15 recuperable” es que en el año 2018 ninguno de los 9 días obligatorios cae en domingo y ciertas Comunidades Autónomas no han querido renunciar a alguno de esos días de “especial relevancia”. La ley se lo permite siempre y cuando se trate de un Festivo recuperable.

El 17 de mayo el Galicia, lunes de Pascua o San Esteban en Cataluña y  6 de enero en Valencia, Murcia y Baleares serán festivos recuperables.

¿Cómo se aplica esto de recuperable?:

Las personas que nunca trabajan en días festivos estarán de fiesta ese día, pero  tendrán que devolverle esas horas a la empresa.

Si la jornada del trabajador implica trabajar  festivos y el “festivo recuperable” le toca turno,  no deberá horas a la empresa pero tampoco cobrará los pluses que pudieran corresponder por trabajar en festivo. 

El trabajador que esté de vacaciones el día en cuestión no deberá horas a la empresa y no tendrá nada que devolver.

Simplificando podemos decir que este año el gobierno de su CCAA ha decidido que hay un día en concreto en en el que  usted trabajador debe disfrutar una pequeña parte de sus vacaciones o permisos.

En teoría no es un festivo a mayores, pero muchas empresas me están contando que en la práctica en  estas CCAA este año habrá un día festivo más totalmente real.

En las pequeñas empresas será así porque no hay mediciones matemáticas de productividad y el trabajo saldrá como de costumbre organizándose lo mejor posible.

En empresas más grandes el tema de hacer cambios en sus sistemas de control, comunicar y explicar esta circunstancia, establecer reglas para la recuperación de horas… tiene un coste  de tiempo que hace que opten por dar el falso festivo por perdido.

¿Y vosotros? ¿Qué vais a hacer con el festivo recuperable? Espero que el artículo os sea útil.

En cualquier caso  seguro será un gran año ¡Feliz 2018!

3 Comentarios

  1. Y si mi empresa me obliga a renunciar a un día de vacaciones por ese día festivo recuperable??? No puedo recuperarlo en un día festivo que caiga en sábado y que no sea de los obligatorios??

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  2. Mi empresa quiere hacer que vengamos a trabajar el Lunes de Pascua que aquí es festivo

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  3. Y si yo trabajo de lunes a viernes y descanso sabado y domingo ese dia lo tendré que recuperar

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